lunes, 1 de febrero de 2021

La Purificación de la Santísima Virgen María – 2021-02-02 – Padre Edgar Díaz

Fra Angelico, Convento de San Marco, Florencia, Italia


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Aunque se sabe que la fiesta de la Purificación de la Virgen ya venía celebrándose desde los primeros siglos de la Iglesia, debido a la gran devoción a la Santísima Virgen, fue recién el Papa Gelasio quien la instituyó, incluyendo la ceremonia de las candelas, esto último con el propósito de desterrar las profanaciones e infamias que cometían los paganos en ese tiempo llevando antorchas encendidas y haciendo muchas impías ceremonias alrededor de sus templos.

El año de 542, en tiempo del emperador Justiniano, se celebraba universalmente el día 2 de febrero en que se cumplen puntualmente los cuarenta días desde el nacimiento del niño Dios.

Es, pues, muy apropiado en esta fiesta que, a imitación de lo que hizo en este día la Madre de Dios, las mujeres que hayan tenido hijos, acostumbren piadosamente a dar gracias a Dios por sus hijos, y a ofrecérselos a Dios una y otra vez más; el hijo o la hija que se sirvió concederle.

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La fiesta de hoy comprende dos grandes misterios, la purificación de la Santísima Virgen, y la presentación de Jesucristo. La más pura de todas las vírgenes, viene a sujetarse a la ley de la purificación; y el Santo de los Santos, el Sacerdote Eterno del Nuevo Testamento, viene a ofrecerse al Señor como Sagrada Víctima.

Cuando el Señor dio la ley a su pueblo ordenó que las mujeres que habían dado a luz se abstuviesen de entrar en el templo por algún tiempo después del parto hasta que ofrecieran lo prescrito por la ley, y así quedaría purificada. 

Además había otra ley que particularmente se entendía del hijo primogénito: “Si el primer fruto del vientre de la madre fuese varón lo separaréis para el Señor y lo consagraréis a Él” (Éxodo 15).

Es cierto que la ley de la purificación de ningún modo concernía a María, porque habiendo concebido por obra del Espíritu Santo, y siendo Madre sin dejar de ser Virgen, no tenía necesidad de purificarse, y consiguientemente no debía someterse a la ley.

Sin embargo, la Virgen María se sujetó voluntariamente a una ley que sólo se entiende para las demás mujeres y no para ella precisamente. No quiso dispensarse de esta ley; no quiso usar de su privilegio. No convirtió su privilegio en un derecho, como hicieron los judíos, que se aprovecharon de su privilegio de ser los primeros llamados para imponerse luego sobre toda la humanidad.

Debemos aprender de la humildad de la Virgen; cómo Ella cumplió con la ley sin tener obligación; pero por humildad, y por solidaridad con las demás mujeres, y para darnos ejemplo de obediencia, no hizo prevalecer su privilegio de Madre de Dios.

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Un tema muy actual que se nos plantea es la obligatoriedad de las leyes injustas. ¿Estamos obligados o no a cumplirlas? Tratemos este tema brevemente y para ello es necesario hacer una triple distinción:

La Ley Eterna es el Plan de Dios; existe en su Mente, y Dios es Eterno e Inmutable. No puede cambiar; por eso, tampoco puede cambiar su Ley Eterna. Por medio de este Plan Dios ordena todas las cosas.

La Ley Natural es la ley que Dios implantó en nuestra naturaleza humana. Por ella, todos sabemos que hay que hacer el bien; y evitar el mal. No habría hecho falta que Dios nos recordara este principio tan básico por medio de otra ley. Es la Ley Natural, por lo tanto, un reflejo de la Ley Eterna.

La Ley Divina es la ley dada por Dios debido a que el hombre es incapaz de guiarse por sí mismo por causa de los vicios, el desorden, y la ignorancia producidos por el pecado original. La Ley Natural quedó insuficiente, y se hizo, pues, necesario, que Dios promulgara la Ley Divina (los 10 Mandamientos) que no hace otra cosa que reiterarnos los principios de la Ley Natural ya establecidos en nuestra naturaleza humana.

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Del tratado de Santo Tomás sobre la ley podemos deducir claramente que la ley es una cosa que le pertenece a la inteligencia y no a la voluntad. Exige, por lo tanto, que nos detengamos a comprender bien si su espíritu es razonable o no, y de ahí surge su obligatoriedad o no. 

Es en este punto donde muchos fallan. Creen, erróneamente, que cualquier ley debe ser obedecida sí o sí sin antes considerarla. No estamos incitando a la desobediencia, para nada. Pero hoy, dado el estado en que se encuentra el mundo, en donde se sospecha que muchas leyes son promulgadas para satisfacer los intereses de los poderosos, es obligación NO CUMPLIRLAS, por ser injustas, y, por lo tanto, por no ser ley.

Mientras la Ley Natural es una participación de la Ley Eterna, una ley humana es una especificación y una aplicación de la Ley Natural a las circunstancias históricas, políticas y religiosas específicas.

Al respecto, si la ley humana no se conforma con la Ley Natural y con la Ley Divina – ambas, como dijimos, participantes de la Ley Eterna de Dios – debe ser considerada como violenta y sin carácter de ley.

Y aclara aún más Santo Tomás: una ley humana es ley solo si se conforma con la recta razón (que a su vez se conforma con la Ley Eterna de Dios). Si se desviara de la recta razón, sería injusta, y perdería su carácter de ley, y pasaría a tener carácter de “violenta”. 

Así, por ejemplo, todos sabemos que la Iglesia prohíbe recibir la comunión en pecado mortal. Si existiera alguna disposición por la cual se permitiera recibir la comunión en estado de pecado mortal, esa disposición sería injusta, no tendría fuerza de ley, e implicaría una violencia en contra de la Ley Eterna de Dios, y no habría que obedecerla. Este fue el caso de Bergoglio hace unos años cuando permitió a los divorciados vueltos a casar o a juntarse recibir la comunión.

Es injusto que la autoridad, por más legítima que sea, obligue a usar barbijos. Esta disposición va en contra de la recta razón, pues nadie está obligado a ir en contra de su propia salud (usar barbijo implica estar constantemente respirando el propio monóxido de carbono).

Es muy probable que la vacunación sea obligatoria, pero se sospecha de estas vacunas. Nadie puede obligar a ponerse una vacuna, cuando se sabe fehacientemente que la vacuna no ha cumplido con todas las etapas que la ciencia exige para que pueda ser aplicada sin riesgo en un ser humano.

La ley del aborto no obliga a nadie en conciencia, sobretodo a los médicos y al personal médico que los efectúa.

En el Conciliábulo Vaticano II se introdujeron herejías. Esto es injusto, pues se buscó destruir la fe católica, y lo lograron. No estamos obligados a aceptar este conciliábulo; es más, como se trata de algo muy sublime de lo cual depende nuestra salvación, estamos en conciencia OBLIGADOS a no obedecer sus disposiciones. 

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En conclusión, por falta de buena voluntad, por ignorancia, por conveniencia, por no querer razonar, erróneamente cumplimos con leyes injustas a las cuales no estamos obligados a obedecer.

Cumplimos con lo que no estamos obligados a obedecer; no cumplimos con lo que sí estamos obligados a obedecer. ¡Vaya Contradicción!

Mucho cuidado, y a aprender bien esta lección, pues, de ahora en más, se nos impondrán leyes injustas cada vez más y más; y esto no va a parar hasta que venga Nuestro Señor Jesucristo a reinar sobre la tierra.

Y en esto consiste el engaño del Diablo, y en esto consistirá el engaño del Anticristo cuando venga: en hacernos creer que estamos haciendo el bien, cuando en realidad, estamos cooperando, al menos materialmente, con el mal.

¡Que la Santísima Virgen María nos ayude a hacer frente a las leyes injustas, a defendernos del mal, y a no hacernos cómplices de ninguna injusticia y de ningún mal! Amén. 

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Nos hemos servido del padre Juan Croisset, de Pedro Chojnowski, y especialmente de la preclara enseñanza de Santo Tomás de Aquino.

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